SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1022/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1022/01-R

Fecha: 21-Sep-2001

procedente

Que, concluida la audiencia pública el Tribunal del Recurso declaró procedente el Amparo fundamentando: 1)  Que al haberse revocado el Auto de rechazo de querella, se conculcaron las normas del debido proceso, ya que los Autos de rechazo de querella y el de su ejecutoria son definitivos y no interlocutorios por lo que contra ellos sólo procede la apelación y no revocatoria; 2) Que al momento de declararse la ejecutoria la recurrida debía haber levantado las medidas jurisdiccionales, al no hacerlo conculcó el artículo 7-g) de la Constitución y 3) Que si bien el Amparo no es sustitutivo de otros medios conforme establece el artículo 96-3) de la Ley Nº 1836, el recurrente se vio coartado de recurrir a otra instancia ya que no se proveyeron sus memoriales.