Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1033/01-R
Fecha: 21-Sep-2001
4)
4) Por documentos de 3 y 5 de julio de 1999 (fs. 29 a 32), Julio y Eduardo Amelunge Ibáñez, autorizaron a Adrin Mirian Landívar Amelunge para que, en su condición de depositaria judicial del inmueble sito en las esquinas 24 de Septiembre y Sucre de Santa Cruz, denominado “La Pascana”, ejerza el cuidado del bien en lo referente a las acciones que en lo proindiviso poseían cada uno de los nombrados.