Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1035/01-R
Fecha: 21-Sep-2001
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 7-8) y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución de fs. 147 a 151 pronunciada por el Juez Segundo de Partido en lo Civil Comercial de la ciudad de El Alto.