SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 967/01-R
Fecha: 17-Sep-2001
2.
2. De fojas 93 a 96 cursa el acta de audiencia pública realizada el 11 de agosto de 2001, en la que el recurrente ratifica y reitera los términos de su demanda, agregando que presume que su representado Sebastiao Spence se encuentra secuestrado, pues ha sido detenido por la F.E.L.C.N. en base a una orden firmada por dos Jueces Liquidadores, cuando el proceso en el que se origina el mandamiento, está en etapa de ejecución penal, al haberse cumplido con los requisitos para obtener libertad condicional; además, cualquier orden de traslado a otro Distrito debe realizarse por conducto regular.
2) En la audiencia de cesación de detención preventiva realizada el 10 de agosto (fs. 66 y 67), el Juez Cautelar, por auto Nº 017/2001, dispuso la cesación de la detención preventiva del representado del recurrente, sustituyéndola con la obligación de presentarse todos los días sábados por las mañanas ante el Fiscal que investiga el caso y firmar el libro respectivo, prohibición de salir del país mientras dure la etapa preparatoria y una fianza económica. Al haberse cumplido con el depósito de la fianza y haberse emitido el mandamiento de arraigo, se libró el mandamiento de libertad (fs. 72), que fue ejecutado el 10 de agosto.