SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 990/01-R
Fecha: 17-Sep-2001
procedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Hábeas Corpus, por una parte declaró procedente el Recurso contra Antonio Arias Paredes y Augusto Paco Flores fundamentando que si bien por disposición de los artículos 6 de la Ley Orgánica de la Policía, 225 y 226 del nuevo Código de Procedimiento Penal, la Policía tiene por obligación conservar el orden público y para proceder al arresto en casos de delito flagrante, debe existir una razón fundada además de guardarse las formalidades legales, extremo que no ha sido cumplido en el caso, dado que no existe denuncia por un lado y por otro, no informaron al Fiscal, de modo que existió un exceso en la detención. Por otra parte, declaró improcedente contra Armando Pacheco, dado que su función en la fecha de la detención era ajena a la Comisaría de Conciliación Ciudadana.