Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 002/2002
Fecha: 14-Ene-2002
L
Que, a su vez, el art. 28-IV de este cuerpo normativo señala las funciones de la Autoridad Responsable del Proceso de Contratación, figurando entre ellas la de autorizar el inicio del proceso de contratación, controlar el cumplimiento de este proceso y adjudicar la contratación de bienes o servicios una vez concluido el proceso correspondiente.