Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 17/2002-R
Fecha: 09-Ene-2002
se dictó el decreto de radicatoria del proceso el 4 de mayo
9. El expediente del proceso fue remitido por Comunicación Interna SF-OLLP-AJ-Nº 060/2001 de 30 de abril (fs. 35), al Superintendente Forestal, siendo recibido el 3 de mayo de 2001 por la Secretaria Abogada del Tribunal Administrativo, se dictó el decreto de radicatoria del proceso el 4 de mayo (fs. 127).
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- a)
- IMPROCEDENTE
- 19 de febrero de 2001
- Auto de 14 de marzo
- En 2 de abril de 2001
- 23 de abril de 2001
- se dictó el decreto de radicatoria del proceso el 4 de mayo
- Sin embargo, el Tribunal Administrativo que conoció y resolvió la alzada, no fue constituido de conformidad al mandato del art. 24 del D.S. 23318-A,
- el Tribunal Administrativo,
- POR TANTO: