I.2.
I.2. Que, se enmiende la parte resolutiva que dice: “1º REVOCAR, en parte la resolución cursante a fs. 65 vta.-67, dictada el 04 de julio de 2002 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba...”, siendo que la Resolución corresponde a una pronunciada por la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.
