Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1202/2002-R
Fecha: 14-Oct-2002
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente considera que se vulneró su derecho al debido proceso y a la libertad porque el Fiscal dispuso su aprehensión sin haber sido citado de comparendo ejecutándose dicha orden sin contar con mandamiento escrito, además que el Juez no realizó control jurisdiccional de la investigación al no haberse pronunciado sobre la actuación ilegal del Fiscal y la Policía y por no haber observado el art. 71 y 73 CPP, relativos a la legalidad de la prueba y fundamentación de las resoluciones. Por consiguiente, corresponde analizar si tales hechos ameritan la protección otorgada por el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).