Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1226/2002 -R
Fecha: 14-Oct-2002
III.1
III.1 Que, de los fundamentos de derecho expuesto por el recurrente, así como la cita de los derechos considerados como vulnerados, se evidencia que el recurrente pide la tutela de derechos fundamentales y garantías constitucionales que se encuentran en el ámbito de protección de dos recursos de naturaleza jurídica diferente, como son el hábeas corpus y amparo constitucional; seguramente por un error conceptual, ha presentado ambos recursos en un mismo memorial y con una petición conjunta.