SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1232/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1232/2002-R

Fecha: 14-Oct-2002

III.2

III.2          Esta línea jurisprudencial  es aplicable al caso de autos al establecer que no se da la causal de nulidad que invoca la recurrente pretendiendo con ello, mediante este recurso anular todo un proceso cuya sentencia adquirió la calidad de cosa juzgada. Por otra parte, queda desvirtuado el haberse vulnerado el derecho al debido proceso de la recurrente, pues de acuerdo al informe de la autoridad demandada, el fenecido proceso coactivo se tramitó conforme a ley, en el mismo la recurrente  ejerció su derecho a la defensa suscitando una serie de incidentes los que oportunamente fueron resueltos por la autoridad jurisdiccional, sin que por otra parte ella hubiera observado en su momento supuestas omisiones, desnaturalizando con ello la inmediatez del amparo constitucional.