SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1232/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1232/2002-R

Fecha: 14-Oct-2002

improcedente

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara  improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: a) en el caso de autos el presunto acto ilegal se realizó el 30 de noviembre de 2001, hace más de 8 meses y 15 días, lo que desvirtúa la inmediatez como una de las características principales del amparo constitucional; b) no es la distribución de causas la que abre la competencia del Juez, sino la citación al demandado, salvo la cuantía, materia y calidad de los intervinientes; c) el sorteo es el que efectivamente abre la competencia  pero del Vocal Relator para elaborar el proyecto de resolución, bajo sanción expresa de nulidad conforme lo señala el art. 74 LOJ, no refiriéndose la disposición a la distribución de causas; d) el Juez recurrido no cometió acto ilegal, menos omisión indebida que restrinja los derechos y garantías fundamentales de la recurrente, quien  no reclamó oportunamente los vicios que hoy denuncia.