SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1248/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
procedente
La Resolución de 6 de septiembre de 2002 (fs. 56-57), en desacuerdo con el requerimiento fiscal, declara procedente el recurso, disponiendo que en el día se remitan antecedentes a la autoridad llamada por ley, sin responsabilidad por ser excusable, fundándose en que: a) La autoridad recurrida obró con exceso de autoridad en las diligencias de policía judicial al haber requerido la detención preventiva de la menor Benita Nina Pachaguaya por el supuesto delito de hurto, en contravención a los arts. 6 y 232 Código de procedimiento penal (CPP) y sin considerar las garantías procesales señaladas en el art. 230 CNNA; b) La autoridad demandada incumplió los plazos legales al no haber remitido hasta la fecha ante el órgano jurisdiccional la imputación formal que consta a fs. 34 de la carpeta de investigaciones.