SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1304/2002- R
Fecha: 28-Oct-2002
I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
Que, a raíz de un accidente de tránsito, su hija Lizeth Hoyos Pedraza ingresó al hospital a cargo del recurrido el 11 de mayo de 2002, cuyos gastos fueron cubiertos los primeros 10 días por el seguro contra accidentes (SOAT), pero debido a que eran varias las víctimas y las obligaciones para cubrir por el causante del hecho eran fuertes, en reiteradas oportunidades solicitaron que su hija pase a medio pensionado, pero le negaron su petición con el argumento de que había un responsable; sin embargo, los responsables sólo se comprometían verbalmente a pagar, habiendo únicamente cancelado pequeñas sumas y ellas por su parte otros gastos; empero, ahora se les exige el pago total por la internación, y por ello, desde el 2 de agosto de 2002, fecha en la que se le ha dado de alta, no le dejan salir hasta que pague la deuda; de modo que su hija actualmente se encuentra indebida e ilegalmente detenida.