Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1309/2002-R
Fecha: 28-Oct-2002
III.3.
III.3. Que, el hecho de que Wálter Vaca Diez Araúz haya planteado en contra del recurrente una demanda interdicta de recobrar la posesión, desde ningún punto de vista puede ser considerado como un acto que lesiona su posesión o su derecho propietario, por cuanto ese recurrido, como cualquier otra persona está en el derecho de ejercitar la acción y solicitar tutela y protección a los órganos jurisdiccionales.