SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1318/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1318/2002-R

Fecha: 30-Oct-2002

III.1

III.1  El recurso de hábeas corpus, instituido por el art. 18 CPE  tiene por finalidad esencial garantizar la libertad personal y de locomoción, y procede cuando una persona creyere encontrarse indebida e ilegalmente perseguida, procesada o presa, siendo necesario que el que lo plantee  demuestre fehacientemente cualquiera de estas situaciones y que estén  estrechamente vinculadas con el derecho a la libertad  individual para que se les otorgue la protección que solicita.