AUTO CONSTITUCIONAL 554/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 554/2002-CA

Fecha: 28-Nov-2002

se carece de fundamentos jurídico-constitucionales que justifiquen una decisión de fondo.

En consecuencia, los argumentos expuestos por el recurrente referidos a que se haya mutado  el proceso  que se tramitaba en la vía de hecho como de puro derecho,  se haya incurrido en retardación de justicia , antedatado fechas  falseando la verdad o no observado plazos procesales al pronunciar la sentencia después de sesenta días de devuelto el expediente con el dictamen y el notificarse con dicha sentencia después de 25 días y no dentro de las veinticuatro horas dispuestas por ley, sin llevar el sello del receso judicial de fin de año, no corresponden ni son pertinentes al recurso planteado, por lo que en el caso de autos, se carece de fundamentos jurídico-constitucionales que justifiquen una decisión de fondo.