SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2002-R
Fecha: 01-Nov-2002
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente indica que la autoridad recurrida violó sus derechos a la seguridad, al trabajo, a la presunción de inocencia y a la defensa, al dictar la Resolución Administrativa GROGR 264/2001 de 10 de octubre de 2001, que le sanciona con una multa por contravención aduanera y le conmina a entregar el ejemplar 3 de la declaración de mercadería, usurpando funciones del Directorio y del Presidente Ejecutivo de la Aduana Nacional. Por consiguiente, corresponde analizar si tales hechos se encuentran dentro del ámbito de protección que otorga el art. 19 CPE.
Que, el amparo ha sido demandado después de ocho meses de haberse emitido la resolución cuya nulidad se pretende, desnaturalizando su esencia, porque uno de los elementos primordiales que caracteriza a este recurso es precisamente la tutela inmediata e idónea que otorga; sin embargo, el recurrente no ha cumplido con este requisito de buscar la protección jurídica inmediata, inviabilizando por extemporánea, la aplicación de la garantía prevista en el art. 19 CPE, circunstancia que determina la improcedencia del presente amparo. Este criterio ha asumido el Tribunal Constitucional en uniforme jurisprudencia, contenida en las SSCC 112/1999-R, 140/1999-R, 270/1999-R, 525/2000-R, 091/2001-R, 217/2001-R, 568/2001-R, 768/01-R, 1302/2001-R, 2/2002-R y 5/2002-R.