Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2002-R
Fecha: 01-Nov-2002
improcedente
La Resolución de 23 de agosto de 2002 (fs. 74-76), declaró improcedente el recurso, con costas y multa de Bs300.- al recurrente, con el siguiente fundamento: Conforme al art. 174 del Código tributario, el recurrente tenía en su momento la oportunidad de acudir al contencioso tributario, lo que no ha hecho, entendiéndose que existía otro medio o recurso para la protección de sus derechos, por lo que el recurso cae en la causal de improcedencia contenida en el art. 96.3) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).