Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1334/2002-R
Fecha: 01-Nov-2002
II.2.
II.2. Previo dictamen del Inspector General del Ejército, el Comandante General del Ejército dictó y ordenó y remitió obrados al Tribunal Permanente de Justicia Militar para el procesamiento de los implicados, en la que se indica que éstos son destinados temporalmente a partir de esa fecha a la letra “E” de disponibilidad, estando adscritos mientras dure el proceso en el BAT. PM-271 “Cap. Saavedra”(fs. 386-397).