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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1334/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1334/2002-R

    Fecha: 01-Nov-2002

    II.2.

    II.2.    Previo dictamen del Inspector General del Ejército, el Comandante General del Ejército dictó y ordenó y remitió obrados al Tribunal Permanente de Justicia Militar para el procesamiento de los implicados, en la que se indica que éstos son destinados temporalmente a partir de esa fecha a la letra “E” de disponibilidad, estando adscritos mientras dure el proceso en el BAT. PM-271 “Cap. Saavedra”(fs. 386-397).

    • María Agar Valencia Méndez en representación sin mandato de Vladimir Valencia Méndez
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
    • I.2.2. Informe de los recurridos
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.      FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.

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