SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1349/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1349/2002-R

Fecha: 05-Nov-2002

a)

A su turno, se procedió a dar lectura al informe que cursa a fs. 342-348 de obrados, así como lo expresado en audiencia por el abogado de los recurridos, se tiene: a) el recurrente engañó a sus electores al no haber cumplido con su deber del servicio militar, b) dentro de un proceso administrativo electoral, se aplicó la pena por haberse probado su culpabilidad, habiendo el recurrente asumido defensa interponiendo los recursos que vio por convenientes, c) la CNE obró con competencia al pronunciar Resolución 134/2001 (por la que se anula su credencial), la misma tiene autoridad de cosa juzgada y se encuentra ejecutoriada, lo que se reconoció en la Sentencia Constitucional 1002/2001-R y AC 329/2002-CA, pronunciado dentro de los recursos de amparo constitucional e indirecto de inconstitucionalidad, respectivamente, planteados en su contra por el mismo recurrente, d) este recurso no procede, cuando con anterioridad se hubiera opuesto otro con identidad de sujeto, objeto y causa, como en el presente, tampoco cuando se desconoce la inmediatez pretendiendo el recurrente retornar a la Concejalía que la perdió hace más de un año atrás, e) el recurrente alega que en este amparo presenta nuevos hechos, como es el Auto de Vista que confirma la resolución del inferior que rechaza la acción penal por estar prescrita y pese a ello ilegalmente se habría pronunciado la Resolución 096/2002; sin embargo esa determinación se la tomó en consideración a que las autoridades judiciales no ingresaron al fondo a determinar si se falsificó o no la libreta, es decir si había o no delito y f) posteriormente el recurrente presentó “Libreta de Redención” como de reciente obtención, lo que prueba que al momento de su candidatura y elección no contaba con el requisito.