SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1366/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1366/2002-R

Fecha: 11-Nov-2002

II.2.

II.2.    Por memorial de 28 de agosto de 2001, el abogado de la Mutual coactivante firmando por su representante, propuso perito, el cual fue aceptado por el juzgador recurrido mediante decreto de 30 de agosto de 2001, que fue notificado mediante cédula al recurrente el 13 de septiembre de ese año; asimismo, el avalúo fue puesto en su conocimiento el 2 de octubre de 2001 también por cédula, sin que en ninguno de los casos hubiera planteado ningún recurso o reclamo (fs. 91-92 y 106-107).