SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1390/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1390/2002-R

Fecha: 20-Nov-2002

I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.

Que, el Director del Núcleo Educativo de Puchahui  en 28 de agosto de 2002 denunció contra Juan Enrique Orzoco Merlo (representado del recurrente) la comisión del delito de violación de la menor Wilma Tórrez Laura, denuncia que además es formalizada por el padre de la menor, acompañando una nota en la que el denunciado declara haber cometido el hecho de la violación (nota que fue firmada con escopeta en su cabeza -según el recurrente-).

Que, en la misma fecha el Jefe policial remitió la denuncia a conocimiento de la Fiscal demandada quien requirió el inicio de la investigación preliminar y expidió en contra del imputado un mandamiento de aprehensión sin que exista flagrancia en el delito denunciado; una vez detenido, requirió porque se reciba su declaración informativa y se lo mantenga detenido aun en el caso de que el sindicado negara el hecho.

Que, recibido el cuaderno de investigaciones en el Juzgado de Instrucción de Apolo, el Actuario del mismo elevó un oficio a la Policía Provincial de Apolo, solicitando se mantenga en depósito al representado del recurrente. En tal circunstancia, el imputado estuvo ilegalmente detenido desde el 28 de agosto de 2002 hasta el 06 de septiembre de 2002, fecha última en la que recién se verificó la audiencia de medidas cautelares, en la que el Juez demandado ilegalmente dispuso su detención preventiva, sin considerar que no concurrieron los requisitos exigidos por el art. 233 de la Ley 1970, de 25 de marzo de 1999 o Código de Procedimiento Penal (CPP).