SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1399/2002 - R
Fecha: 18-Nov-2002
III.2
III.2 Que, en el caso compulsado, la recurrida, como dueña del local que dio en arrendamiento a la recurrente, aún no hubiese, cerrado el local de su propiedad ni quitado las llaves como se alega, igualmente incurre en el acto ilegal lesivo del derecho al trabajo, por cuanto, retiene las llaves sin permitir la apertura del local, que constituye el lugar de trabajo de la recurrente y por lo mismo, en su fuente de ingreso, acto de hecho, que éste Tribunal está en la obligación de dejar sin efecto, a fin de restituir el derecho lesionado, mas aún, cuando la recurrente ha demostrado que agotó la vía de conciliación judicial, en la cual la recurrida, persistió en su decisión de no entregar las llaves a la recurrente mientras que la recurrente no pague la totalidad del canon de arrendamiento adeudado.