SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1402/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1402/2002-R

Fecha: 18-Nov-2002

“III.4.

            “III.4.Por consiguiente, pretender la nulidad de obrados a través del presente recurso, basándose equivocadamente en la falta de constancia en el expediente de la participación (firma) del vocal semanero, implica una errónea interpretación del art. 117 LOJ y hace completamente inviable la pretensión, conforme al art. 96.3) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), toda vez que el amparo no es sustitutivo de otros recursos que confiere la ley a las partes para hacer valer sus derechos, aunque no hubieran sido utilizados como sucede en la especie”.