SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1405/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1405/2002-R

Fecha: 18-Nov-2002

I.1. 1. Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 3 de septiembre de 2002 (fs. 12-13), el recurrente manifiesta que después de cursar estudios superiores en el Instituto Comercial de la Nación obtuvo el título de Contador; profesión que ejerce desde 1975, habiendo sido uno de los fundadores del Colegio Departamental de Pando, del que obtuvo la matrícula 1470, siendo su matrícula en el Colegio Nacional de Contadores la 2281/A.

A principios de la presente gestión, el Colegio Nacional de Contadores dispuso la reinscripción de todos sus asociados, para ello tramitó el certificado supletorio de título en provisión nacional debido a que sus originales fueron sustraídos de su domicilio. Presentada esta documentación, el anterior Presidente del Colegio  de Contadores de Pando se opuso a su registro profesional sin ningún fundamento, hecho irregular que denunció al Colegio Nacional del ramo que procedió a su registro.

Con esos documentos, nuevamente se apersonó al Colegio de Contadores departamental pidiendo verbalmente su registro sin obtener ninguna respuesta sino evasivas, por lo que formalizó su petición por memorial de 12 de agosto del año en curso, dirigido a la autoridad recurrida quien no le  dio una respuesta concreta, limitándose a guardar silencio. Esta actitud le impide ejercer su profesión que es el único sustento para él y su familia, pues es el Colegio Departamental quien debe otorgarle solvencia para todo trabajo contable y la misma debe ser presentada ante las diferentes entidades que tomen sus servicios.