Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1405/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente indica que la recurrida al negarse a proceder a su reinscripción en el Colegio Departamental de Contadores de Pando pese a haber acreditado su condición de Contador Público con la documentación pertinente, ha restringido sus derechos a la vida, al trabajo y a percibir una remuneración. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 de la Constitución Política del Estado (CPE).