Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1448/2002- R
Fecha: 28-Nov-2002
rechazó
Que, la Sala Civil Tercera, por Resolución de 27 de septiembre de 2002, rechazó el Recurso, con el fundamento de que el recurrente no subsanó los defectos procesales previstos en los numerales I, IV, V y VI del art. 97 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), no obstante que mediante Auto de 24 del mismo mes y año, la Sala dispuso que los subsanara en el plazo de 48 horas.