SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1454/2002-R
Fecha: 28-Nov-2002
I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
En la demanda presentada el 16 de septiembre de 2002 (fs. 512 a 518), el recurrente aduce que dentro del proceso ordinario de cumplimiento de obligación que siguió en representación de la Sociedad Agropecuaria “Nueva Moka” Ltda. contra el Banco “Sur” S.A. (en liquidación) y Jorge Córdova Serrudo; Carlos Adalberto Ibáñez Vaca, representante de la entidad en liquidación, sin acompañar el respectivo poder suficiente, planteó recurso de casación en el fondo y en la forma a nombre del Banco demandado contra el Auto de Vista que confirmó la sentencia de primer grado, recurso que fue concedido en 9 de junio de 2001 ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Relata que recibido el expediente y luego del requerimiento fiscal, el 30 de mayo de 2001, el Presidente de la Sala Civil Segunda de la Corte Suprema, dictó la providencia de “autos” para resolución, en tanto que el 19 de julio, el expediente fue recibido en la Sala Civil Segunda en virtud del Acuerdo de Sala Plena de 17 de mayo de dicho año, y se dispuso la radicatoria, sin que en momento alguno se le hubiera notificado con ese Auto, coartándole el derecho de recusar a los Ministros integrantes de la mencionada Sala. El 28 de julio, el Ministro Armando Villafuerte presentó excusa, que no fue notificada a las partes, la misma que fue declarada legal, y se les comunicó esta decisión en 11 de agosto de 2001.
Alega que el 30 de octubre de 2001 se sorteó el expediente a la Ministra Emilse Ardaya, quien se excusó el 6 de noviembre, convocando el Ministro Kenny Prieto, en 4 de enero de 2002, a formar Sala solamente a efectos de considerar la excusa, que fue declarada legal el 24 de enero. Entonces -continúa- el 10 de julio de 2002 se sorteó nuevamente el expediente, participando en ese acto Kenny Prieto, Emilse Ardaya y Carlos Tovar, resultando Ministro Relator el primero de los nombrados.