SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1483/2002-R
Fecha: 04-Dic-2002
PROCEDENTE
La Sentencia de 30 de septiembre de 2002, cursante a fs. 47 y 48, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, declara PROCEDENTE el amparo planteado, y dispone que el recurrido restituya en sus funciones a la actora, reconociéndole “los días no trabajados a efectos del pago de sus haberes correspondientes”, con estos fundamentos: 1) los recursos de revocatoria y jerárquico que señalan los arts. 44, 61 y 66 del Estatuto del Funcionario Público, no son aplicables a este caso de suspensión por indicios de responsabilidad penal; 2) la suspensión determinada contra la recurrente, suprime los principios de presunción de inocencia y de licitud de los actos administrativos; 3) las resoluciones dictadas por las Cortes Superiores no sientan jurisprudencia, sino solamente los fallos de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Constitucional.