Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1485/2002-R
Fecha: 04-Dic-2002
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente considera encontrarse indebidamente detenida, por cuanto la Fiscal demandada la ha detenido sin que exista en su contra mandamiento u orden de aprehensión alguna y el Juez recurrido ha dispuesto su detención preventiva realizando una valoración superficial de los antecedentes. Corresponde a este Tribunal determinar si lo denunciado es cierto a efectos de otorgar o no la tutela demandada.