Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1491/2002 - R
Fecha: 06-Dic-2002
I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
Que, dentro del proceso oral que se le sigue en el Tribunal Primero de Sentencia, los recurridos como Jueces del mismo, le han coartado su derecho de interrogar a los testigos y de no haber providenciado sus peticiones, con lo cual restringen no sólo sus derechos fundamentales, sino también los arts. 5, 84, 169-3), 314, 315, 338, 351 y 352 del Código de Procedimiento Penal (CPP).