SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1534/2002-R
Fecha: 16-Dic-2002
1)
Los abogados de la Alcaldía Municipal de Santa Cruz autoridad recurrida ratifican el informe de fs. 45 a 46 y en audiencia señalan: 1) existen otros recursos legales que prevé la ley como el contencioso administrativo, contencioso tributario, recurso de inconstitucionalidad y recurso directo de nulidad, a los que debieron acudir antes de interponer este recurso, sin embargo la Ordenanza Municipal 013/93 que impugnan no crea tasa ni patente por lo que no requiere aprobación del Senado, pues sólo instituye como agente de retención a los Frigoríficos de los productos cárnicos y aclara quienes son sujetos pasivos de la patente; b) la patente de transformación de ganado en alimento y cuero que actualmente se viene cobrando está contemplada en la Ordenanza Municipal 040/96 de 7 de noviembre de 1996 aprobadas por las resoluciones senatoriales 050/96 -97 y 078/97- 98, estando de esta forma cumplido lo previsto en el art. 201 CPE y art. 44 - 15) y art. 12 - 10) de la Ley de Municipalidades; c) el Manual de Funciones, aprobado por la Ordenanza Municipal 03-A/2000, aprueba la estructura organizativa municipal y faculta a la Directora de Recaudaciones a dirigir y supervisar los procesos de recaudación en el Gobierno Municipal, expedir, aplicar y hacer cumplir disposiciones legales de recaudación enmarcadas dentro del ordenamiento jurídico vigente; d) tres de los recurrentes no son comercializadores de carne pues no tienen registros como contribuyentes en materia de comercialización de carne; por el contrario tienen licencias para el funcionamiento de carnicería y churrasquería, excepto Juliana Escobar que paga patente cero y una multa de Bs290.- que ha venido acumulando desde el año 1996.