SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1534/2002-R
Fecha: 16-Dic-2002
a)
El abogado de los recurrentes ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando: a) sin que la Ordenanza 013/93, esté homologada por el Senado Nacional, la Alcaldía cambió el sujeto de retención a los comercializadores de carne, acto arbitrario que motiva que a los comercializadores de carne de Santa Cruz les afecten en el derecho a la propiedad privada, puesto que se les clausura sus puestos de venta mediante amenazas y coacciones impidiendo la libertad de trabajo; b) al recibir la nota de la Dirección de Recaudaciones hicieron una representación directamente ante la misma autoridad, sin obtener ningún resultado ni respuesta favorablemente, por el contrario se ha procedido a la clausura de sus puestos de venta; c) la Alcaldía ha modificado una Resolución Senatorial al cambiar al agente de retención mediante una Ordenanza Municipal que no está aprobada; d) los art. 66.4) y 201 CPE, establecen todo lo relativo a las tasas e impuestos que deberán ser aprobadas por el Senado Nacional, siendo evidente que a la Ordenanza Municipal 013/93 de 1993 le falta el paso esencial de aprobación por lo que su aplicación ilegal, resultando de ello que la Alcaldía Municipal al aplicarla Ordenanza Municipal comete un acto ilegal e incurre en una omisión indebida que restringe sus derechos y garantías constitucionales, al pretender obligarlos al pago de una patente ilegal, ilegítima e inconstitucional .