SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1558/2002-R
Fecha: 16-Dic-2002
I.2.2.1.
I.2.2.1. La Secretaria de Cámara recurrida informó por escrito (fs. 24), que comenzó a trabajar en ese puesto a partir del 1 de mayo conforme acredita con el acta de su posesión, por lo que la aseveración de que en abril hubiera dado esa información falsa al recurrente carece de veracidad. Aclaró que nunca informa en los términos expresados por el recurrente, limitándose a hacer conocer que los procesos se resuelven de acuerdo a su fecha de radicatoria y respectivo sorteo y que debe averiguarse el estado del proceso con cierta regularidad. Indicó que las causas se sortean de acuerdo al orden cronológico de ingreso, de acuerdo a su naturaleza, orden que se altera en forma excepcional como sucedió con el recurso de marras, en el que Clemencia López, por memorial de 3 de junio de 2002 justificó la necesidad de imprimirse la celeridad necesaria al caso, mereciendo la atención de las autoridades recurridas por proveído de 5 de junio. Hizo conocer que a la fecha se están resolviendo sentencias apeladas de procesos ordinarios radicados en mayo de 2001 y en los demás casos y materias se están despachando los radicados el presente año.