SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1562/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1562/2002-R

Fecha: 18-Dic-2002

a)

Los recurridos, a través de sus abogados, informaron lo siguiente: a) el amparo constitucional no es el medio idóneo para impugnar los títulos de Concejales que ostentan; b) el recurrente interpuso anteriormente un recurso similar al presente; c) este amparo no es procedente cuando ha existido consentimiento de parte del ex-Alcalde de Santiago de Huari; d) el recurrente manifestó textualmente que quería salir de la Alcaldía “por la puerta ancha”, y así supuestamente lo hizo, para luego retractarse después de cinco meses de haber renunciado. Pidieron se declare improcedente el recurso, con  multa y costas.