Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1599/2002 - R
Fecha: 20-Dic-2002
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, los recurrentes denuncian la vulneración de sus derechos a la igualdad y a la reunión, previstos en los arts. 6-I) y 7-c) CPE, con el argumento de que los recurridos en su calidad de miembros de los Consejos de Administración y Vigilancia, indebidamente les impidieron el ingreso para participar en la Asamblea Ordinaria de socios de Cotes Ltda. justificando su decisión en una supuesta morosidad que no existe. En consecuencia, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal y lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- Gonzalo Urquizo Arana, Jaime Urriolagoitia Ostria, Freddy Landivar Galean, Betty Romero Civera, Felix Calderón Vera, Jorge Cano Quiroga y Gastón Betanzos
- “... miembros de ambos Consejos (...) tratando de minimizar o corregir su inconducta, a través del Presidente y del Tesorero del Consejo de Administración, indicaron que habían levantado esa medida...”
- contra
- (fs. 58-60)
- procedente
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.2