SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1605/2002-R
Fecha: 20-Dic-2002
1)
En ausencia de la autoridad demandada se da lectura al informe de fs. 141 que señala: 1) en un anterior amparo constitucional interpuesto en su contra por el mismo recurrente, se le ordenó mediante Sentencia Constitucional deje sin efecto un mandamiento de desapoderamiento emitido dentro del proceso ordinario que siguió Porfidia Méndez vda. de Martínez contra el recurrente; 2) en cumplimiento de la Sentencia Constitucional de referencia libró el mandamiento de desapoderamiento procediendo al lanzamiento de todas las personas y enseres que se encontraban en el terreno como se evidencia por el acta que adjunta (fs 125-130) al haberse realizado la entrega de la propiedad no corresponde nuevo mandamiento de desapoderamiento.