Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1624/2002-R
Fecha: 20-Dic-2002
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó su acción y la amplió indicando que pidió al Fiscal demandado requiera en sentido de que Almapaz, Inspectorate y la Aduana Nacional emitan algunas certificaciones sobre datos y registros que se encuentran a su cargo, para demostrar que el hecho no constituye delito y que no participó en él, pero el recurrido rechazó sus memoriales sin fundamentar las razones del rechazo, cual exige el art. 73 del Código de procedimiento penal (CPP), y en contravención al art. 218 del mismo cuerpo legal, violando su derecho a defensa.