Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 129/02-R
Fecha: 18-Feb-2002
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 7-8) y 102-V de la Ley No. 1836 REVOCA en parte la Resolución revisada y declara improcedente el Recurso respecto a Ximena Serrudo, disponiendo que se proceda conforme al art. 102-VI de la Ley N° 1836 con relación a Donato Cabezas Villán.