SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 13/02
Fecha: 18-Feb-2002
I.1
I.1 Que la Ley 2133 de 6 de octubre de 2000 concede el indulto “Jubileo 2000” y en su art. 3 determina otorgar este beneficio a las personas con sentencia ejecutoriada antes del 30 de agosto de 2000, cuyas edades sean mayores de 60 años o menores de 21; asimismo, su art. 4 confiere el indulto a las personas que hayan cumplido el 50% de su pena; norma que fue complementada con la Ley 2155 de 11 de diciembre de 2000 que determina la nómina de los favorecidos con esta medida extraordinaria, encontrándose en la lista del Distrito de La Paz, Artículo Segundo-Mujeres-Obrajes, con el N° 10, Petrona Conde Rojas, quien fue sentenciada a la pena de 6 años por falsedad material y uso de instrumento falsificado según resolución 143/99.