Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 13/02
Fecha: 18-Feb-2002
I.3.
I.3. Por lo expuesto, pide se admita el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad y se eleve al Tribunal Constitucional las piezas pertinentes en fotocopias legalizadas, a fin de que declare la inconstitucionalidad parcial de la norma impugnada (art. 58-inc. III) que erróneamente favorece a Petrona Conde Rojas, debiendo rechazarse dicho beneficio en su favor con las formalidades de ley.