Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 164/02-R
Fecha: 27-Feb-2002
IMPROCEDENTE
3. La Resolución de fs. 11-12 declara IMPROCEDENTE el Recurso, con el argumento de que: a) no ha sufrido modificación alguna las condiciones que determinaron la detención preventiva del imputado y b) el Recurso de Hábeas Corpus no es sustitutivo de otros recursos o medios legales a los cuales debió ocurrir el recurrente, como es la apelación incidental prevista por los arts. 251 y 403 del Código de Procedimiento Penal.