SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 427/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 427/2002-R

Fecha: 08-Feb-2002

a)

A su turno, los recurridos a través de sus abogados manifestaron: a) el Tribunal Disciplinario, legalmente establecido aplicó la sanción de expulsión de todos aquellos asociados, que hagan daño a su asociación, b) en oportunidad anterior, otros asociados también expulsados, plantearon Recurso de Amparo Constitucional, que fue declarado improcedente por Sentencia Constitucional 247/1999-R, por cuanto no acudieron a otra vía como es la Asamblea General, c) el amparo es un recurso inmediato, y en el caso los recurrentes mencionan un derecho conculcado desde hace cinco años atrás y d) se encuentran tramitando un proceso de rendición de cuentas, además de un proceso penal que está en grado de apelación, no siendo el amparo sustitutivo de esos y otros recursos. Por todo lo que solicitan se declare improcedente el Recurso.