AUTO CONSTITUCIONAL Nº 095/2002-CA
Fecha: 11-Mar-2002
carezca en absoluto de contenido jurídico-constitucional
Que, en el caso de autos, Freddy Fernando Tórrez Robles y Sandra Mónica Sarabia de Tórrez, plantea el incidente en un otrosí del memorial referido a otro asunto, demandando la “nulidad” del remate y el previo pronunciamiento de la sentencia de grados y preferidos, disponiéndose traslado y citación a los concursantes y concursados, argumentos que no corresponden al Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad, además de no cumplir los requisitos comunes de procedimiento establecidos por el art. 30 de la Ley Nº 1836, así como los establecidos en el art. 60 incs. 1) y 3) de la referida Ley, haciendo que el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad carezca en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.