Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 095/2002-CA
Fecha: 11-Mar-2002
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el art. 33 parágrafo I inciso1) de la Ley Nº 1836, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 13 de noviembre de 2001, pronunciada por el Juez de Partido Séptimo en lo Civil de Cochabamba, Dr. Basilio Cruz Chilo, cursante a fs. 82 del expediente.