AUTO CONSTITUCIONAL Nº 106/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 106/2002-CA

Fecha: 19-Mar-2002

carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional

Que, el fundamento esgrimido por los recurrentes de la  supuesta nulidad de actos en el trámite arbitral en consideración al art. 31 de la Constitución Política del Estado, no corresponde al Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad, por lo que  el  Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad  carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.