Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 242/2002-R
Fecha: 07-Mar-2002
(fs. 153-154)
2. Que, siendo apelado dicho Auto (fs. 153-154), se concede el recurso (fs. 155) que es resuelto por los recurridos mediante resolución dictada el 30 de octubre de 2001 revocando el Auto apelado y dicta Auto Inicial de Instrucción exponiendo los hechos que en su criterio sustentan la querella y “determinan la existencia de suficientes elementos constitutivos del delito incriminado de extorsión, previsto por el Art. 333 del Código Penal” (fs. 186-187).