Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 242/2002-R
Fecha: 07-Mar-2002
improcedente
Que, concluida la audiencia pública, el Tribunal del Hábeas Corpus declara improcedente el Recurso fundamentando: 1) Que no evidencia procesamiento indebido, por cuanto los recurridos se han circunscrito a ejercer la atribución que está prevista en el art. 167 del Código de Procedimiento Penal antiguo y 2) Que el recurrente deberá demostrar su inocencia ante el Tribunal competente para juzgarlo, el que tiene competencia para analizar pruebas.