SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 235/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 235/2002-R

Fecha: 06-Mar-2002

procedente

Que concluida la audiencia pública, el Tribunal del Recurso declaró procedente el Amparo fundamentando: 1) Que el mandamiento de desapoderamiento no especifica cuál es la parte que se debe desapoderar;  2) Que no obstante que el recurrido tenía conocimiento del amparo, en su contra ordenó  ejecutar el mandamiento sobre la totalidad del fundo rústico "San Antonio", privando a los recurrentes de su derecho al trabajo, a la propiedad privada y al debido proceso; 3) Que el co-recurrido al prestar su cooperación ordenando a los efectivos para que ayuden a ejecutar el mandamiento en horas inhábiles, también incurrió en acto ilegal y  4) Que no existe la identidad referida en el art. 96-2) de la Ley N° 1836.